viernes, octubre 18, 2013

Indulgencia Plenaria



PENITENCIARÍA APOSTÓLICA


DECRETO

El Sumo Pontífice, Francisco, informado por el Revmo. Heinrich Walter, Superior General del Instituto de los Padres de Schoenstatt y Presidente de la Presidencia General de la Obra Internacional de Schoenstatt, sobre las celebraciones jubilares con las que se conmemora el centésimo aniversario del día en que el Siervo de Dios Joseph Kentenich – en ese momento sacerdote de la Sociedad del Apostolado Católico – impulsado por la renovación de la vida religiosa, fundó en Schoenstatt, cerca del pueblo de Vallendar, la Obra mencionada anteriormente. Esto se produjo a través de un acto de consagración, una alianza de amor con María bajo el título de Madre Tres Veces Admirable, Reina y Victoriosa.

Deseoso de hacer partícipes a los piadosos fieles del don divino, impulsado por su amabilísima solicitud por la Iglesia universal y por su particular afecto a los miembros de la Obra Internacional de Schoenstatt , el Sumo Pontífice benignamente concede la indulgencia plenaria que se ganará con las acostumbradas condiciones (confesión, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), a todos los miembros de la Obra de Schoenstatt y a otros fieles Cristianos que estén celebrando el jubileo, sinceramente arrepentidos, unidos de corazón a las finalidades espirituales del Año de la Fe. Esta Indulgencia plenaria podrá ser obtenida desde el 18 de octubre (2013) hasta el 26 de octubre de 2014 por cuantos participen en algunas de las celebraciones del Año Jubilar o realicen algún piadoso ejercicio o al menos dediquen un adecuado espacio de tiempo a piadosas meditaciones concluidas con la oración del Padre Nuestro, con el Credo, y con invocaciones a la Madre Tres Veces Admirable, Reina y Victoriosa. Estas acciones pueden realizarse en cualquier día en Schoenstatt, en ciertas celebraciones a ser determinadas en la ciudad de Roma y en todos los santuarios de Schoenstatt del mundo.

Aquellos miembros de la Obra de Schoenstatt que, por enfermedad o por otras graves causas, están impedidos para participar en las celebraciones jubilares, pueden, en el mismo lugar en que se ven impedidos, obtener la Indulgencia Plenaria, a condición de un profundo desapego de todo pecado y el propósito de cumplir, apenas sea posible, las acostumbradas tres condiciones exigidas, así como unirse espiritualmente a los sagrados ritos, rezando y ofreciendo los propios sufrimientos o limitaciones a Dios misericordioso por medio de María.

Con el fin de que la consecución de la indulgencia divina confiada al poder de abrir y cerrar de la Iglesia, sea de más fácil actuación para los operadores de la caridad pastoral, esta Penitenciaría con ardiente premura ruega a los Padres y Sacerdotes de Schoenstatt que se presten, con pronto y generoso ánimo, a la celebración de la Penitencia y a la fuente de administración de la Sagrada Comunión a los enfermos.

Válido desde ahora para todo el Año Jubilar, no obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma en la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 2 de octubre del año 2013.

(gez.) Kardinal Mauro Piacenza
Großpönitentiar

(gez.) Msgr. Krzysztof Nykiel
Regent

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